El comando de reclutamiento de control de reservas dando cumplimiento al Articulo 76 de la Ley 1861 del 4 de Agosto de 2017 invita a los ciudadanos en condicion de Remiso a definir su situación militar y acogerse a la Amnisitia de remisos, cumpliendo una serie de Requisitos.
En este post conocerás los requisitos que debes cumplir para beneficiarte de la Amnistia de Remisos.
¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir para beneficiarme de la Amnisitia de remisos?
Si quieres beneficiarte de la amnisitia de Remisos debes cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
- Ser remiso mayor de 24 años.
- Ser remiso con algunas de las exoneraciones de ley:
- Hijo Único (hombre o mujer).
- Huerfano de padre o madre quién con su trabajo sostenga a sus hermanos.
- Hijo de padres incapacitados para trabajar o mayores de 60 años.
- Hermano o hijo de quién halla fallecido en combate en actos de servicio o como consecuencia del mismo durante el servicio militar obligatorio.
- Hijos de los integrantes de la fuerza pública que hayan muerto en combate o en actos del servicio.
- Clérigos o Religiosos.
- Casados que hagan vida conyúgal.
- Personas que acrediten Union marital de Hecho.
- Personas con discapacidad permanente.
- Indigenas que acrediten su integridad cultural, social y económica a través de una certificación expedida por el Ministerio del Interior.
- Hombres colombianos que hayan dejado de tener su componente de Sexo masculino en el Registro Civil.
- Victimas del conflicto armado.
- Ciudadanos incluidos en el Programa de Atención a victimas y testigos de la Fiscalia General de la Nacion.
- Ciudadanos objetores de conciencia.
- Ciudadanos desmovilizados.
- Padres de familia.
3. Los remisos Inhábiles que presenten alguna discapacidad fisica, Psiquica o sensorial permanente deben contar con el historial clinico que lo demuestre para ser evaluado por el Comité de Aptitud Psicofisico.
4. Aquellos que tengan recibos con la Multa de Remiso.
5. Personas que tengan la Resolución que les impone la Multa de Remiso.











